El acceso a la justicia plantea una serie de cuestiones bastante complejas. En pocas palabras, puede ser entendido como un movimiento social y político y también como un derecho humano, estrechamente ligado al derecho a la igualdad y al desarrollo de los derechos de ciudadanía de las democracias contemporáneas. Desde una perspectiva feminista, se encuentra atravesado por las discusiones en torno a las posibilidades del uso del derecho como estrategia de emancipación y por los análisis sobre la manera en que se han ido entendiendo y conceptualizando las vinculaciones entre mujeres y derechos. Uno de los debates más difundidos en este aspecto, desde los años sesenta del siglo pasado, pero sobre todo en las tres últimas décadas, ha estado relacionado con el tratamiento jurídico de la violencia contra las mujeres. Existen pocas legislaciones en el mundo que la consideran una violación de derechos humanos y que la conectan con la desigualdad social estructural entre mujeres y hombres. Existen otras razones que pueden impedir el acceso a la justicia, pero que no tienen directamente que ver con las características del derecho, ni con el sexismo de las instituciones de la justicia, ni con el androcentrismo de sus mecanismos de acceso, sino con las características de la sociedad en su conjunto y/o de la propia violencia patriarcal.